Un abogado de los dominicos responde que el bien patrimonial es de “legítima propiedad” de la comunidad y acusa de falta de ética a quienes descubrieron el paradero del trofeo con el que se rindió homenaje nacional al poeta hace casi un siglo
La Municipalidad de Cuenca pidió al Prior del Convento de la Comunidad Dominicana del Ecuador, Armando Alonso Villalta Salazar, se le entregue la corona de laureles de oro del poeta Remigio Crespo Toral, para que vaya a custodia del museo que lleva el nombre del personaje. Propone que, de conformidad con la Ley, el Instituto Nacional de Patrimonio Cultural avale la entrega-recepción.
“Dicha casa cultural, al terminar su remozamiento, brindará todas las garantías para asegurar tan preciada joya”, dice la comunicación que, en nombre del Alcalde Marcelo Cabrera Palacios, envió el 29 de julio el Secretario del Concejo encargado, José Javier Peña Aguirre.
Esta comunicación fue consecuencia del homenaje al poeta Remigio Crespo Toral, promovido por la Universidad de Cuenca y la Casa de la Cultura de Cuenca, en coordinación con la revista AVANCE, medio que, en mayo de 2014, difundió documentos por los cuales dio con el paradero de la corona en una bóveda bancaria de propiedad dominicana, desde la que se recuperó con allanamiento judicial. El homenaje fue con motivo de los 156 años del nacimiento de Crespo Toral.
La comunicación puesta en manos de la Comunidad Dominicana es la primera gestión oficial de la Municipalidad, a nivel de Alcaldía, en procura de lograr que ese bien patrimonial vaya al museo de la ciudad, “donde siempre hemos creído que pertenece”, dice, haciéndose eco del reclamo de todos los ex Alcaldes de Cuenca, de ciudadanos y aún familiares del personaje homenajeado con la corona de 34 hojas de laureles de oro, el 4 de noviembre de 1917.
La carta del personero municipal tuvo respuesta el 5 de agosto, pero no del Prior dominicano, sino del abogado Juan Orozco Morejón, Procurador Judicial de la comunidad religiosa, quien sostiene que esta comunidad es “legítima propietaria” de la corona que le habría entregado el poeta libre y voluntariamente en la ceremonia de coronación de la Virgen del Rosario de Cuenca.
La coronación a la Virgen fue el 8 de diciembre de 1933 y en la escritura firmada por el obispo Daniel Hermida, entregando los tesoros de la virgen debidamente nominados, a la Comunidad Dominicana, Crespo Toral suscribe como testigo pero en ninguna parte consta el trofeo que le fuera impuesto en un homenaje nacional diez y seis años atrás.
Aún más: el poeta coronado en noviembre de 1917 asiste al Te Deum con el que se le rinde también homenaje, acto durante el cual coloca el trofeo en señal de humildad al pie del altar, en la catedral, pero luego lleva consigo el trofeo.
El abogado Orozco señala también que la Comunidad, acogiendo la petición del Alcalde, ha aceptado, mediante convenio, prestar la corona para que se la exhiba al abrirse el museo restaurado en noviembre próximo. No obstante, el convenio en mención, tras un análisis jurídico de la sindicatura municipal, se lo considera nulo, porque incurre en varias ilegalidades: exige una póliza de seguro, sustentada en la Ley de Patrimonio Cultural, ley que, en ninguna parte, plantea esta exigencia; se califica a la corona de Remigio Crespo Toral como un bien religioso, sin que lo sea; y, al referirse a la propiedad, no señala siquiera a la Comunidad Dominicana, sino el nombre de un sacerdote colombiano residente en Cuenca.
La respuesta del abogado Orozco al pedido de la Alcaldía acusa de “carentes de valores y ética” a quienes han hecho posible dar con el paradero del bien patrimonial en una bóveda bancaria, durante tiempo indeterminado, y quizá también acusa asimismo a los familiares del poeta, a los ex Alcaldes y personalidades que respaldan el reclamo para que el trofeo histórico vaya a exhibición permanente al museo Remigio Crespo Toral.
De ser la respuesta en mención la posición oficial de la Comunidad Dominicana, quedaría a la Municipalidad plantear la reclamación por la vía jurídica. Además Orozco, al fin de su carta señala casilla judicial como para esperar un procedimiento juridico sobre este tema de interés público, cultural e histórico.