Monseñor Daniel Hermida, Obispo de Cuenca en los tiempos en que la iglesia católica promovió la campaña contra el Comunismo. |
El acceso del pueblo a la cultura, el desarrollo de los medios de comunicación y transporte, la globalización del pensamiento y la separación entre la religión y la política, hacen que ciertos conceptos irrebatibles ayer, en la actualidad puedan causar humor o incredulidad.
No necesita mayor comentario, por ejemplo, el documento que se transcribe en estas páginas, con el pronunciamiento implacable de la Iglesia Católica contra el comunismo, mediante un decreto del Santo Oficio aprobado por el Papa en julio de 1949. Decretos de esta naturaleza explican lamentables acontecimientos de fanatismo religioso que poco después salpicaron de sangre inocente zonas rurales próximas a Cuenca.
RESOLUCIÓN DE LA SAGRADA CONGREGACIÓN DEL SANTO OFICIO RESPECTO AL COMUNISMO (*)
Nos, Dr. Dn. Daniel Hermida,
Por la gracia de Dios y de la santa Sede Apostólica,
OBISPO DE CUENCA
Para conocimiento de nuestro Capítulo Catedral, del Vble. Clero y de los fieles de la Diócesis, publicamos el siguiente venerando Decreto de la Suprema Congregación del Santo Oficio, que es la norma a seguir en conciencia:
SUPREMA SAGRADA CONGREGACIÓN DEL SANTO OFICIO
DECRETO
1) A esta Suprema Sagrada Congregación ha sido preguntado:
2) A ver si es lícito inscribirse en los partidos comunistas o favorecerlos;
3) A ver si es lícito publicar, propagar o leer libros, periódicos, diarios, folletos, que favorezcan la doctrina o las actividades comunistas o escribir en ellos;
4) A ver si pueden ser admitidos a la recepción de los Santos Sacramentos aquellos fieles que conciente y libremente hayan realizado aquellos actos, de los que hablan los números 1) y 2);
A ver si los fieles, que profesan la doctrina comunista materialista y anticristiana, y principalmente los que la defienden y propagan incurren “ipso facto” en la excomunión reservada “speciali modo” a la Santa Sede Apostólica, como apóstatas de la fe católica.
Los Eminentísimos y Reverendísimos Padres, que tienen a su cargo la defensa de lo que toca a la fe y a las costumbres, habiendo escuchado el voto de los Reverendísimos Consultores, decretaron, en la sesión plenaria del martes (IV lugar) 28 de julio de 1949, que se debía responder:
Al 1) NEGATIVAMENTE: porque el comunismo es materialista y anticristiano y sus jefes, aunque de palabra digan algunas veces que ellos no combaten la Religión, sin embargo de hecho, o con la doctrina o con las obras, se muestran enemigos de Dios, de la verdadera Religión y de la Iglesia de Jesucristo;
Al 2) NEGATIVAMENTE: como cosa que está prohibida por el derecho mismo (cfr-Can.1399 C.I.C.);
Al 3) NEGATIVAMENTE: de acuerdo con los principios ordinarios sobrela denegación de los santos Sacramentos a quienes no tienen las disposicions necesarias para recibirlos;
Al 4) AFIRMATIVAMENTE;
El jueves siguiente, día 30 del mismo mes y año, Nuestro señor PIO, por la divina Providencia Papa duodécimo en la audiencia ordinaria concedida al Excelentísimo y Reverendísimo Señor Asesor del Santo Oficio, aprobó esta decisión de los Eminentísimos Padres, que se le presentaba, la confirmó y mandó que se publicase en el Comentario Oficial de los actos de la Santa Sede Apostólica.
Dado, en Roma, el primero de Julio de 1949 (1)
PEDRO VIGORITA
Lean los Vbles. Párrocos y Rectores de Iglesias dos domingos seguidos, desde el púlpito, y en las misas de mayor concurso, para que tanto el Vble. Clero y los fieles de la Diócesis observen rigurosamente las resoluciones o reglas que da la Sagrada Congregación del Santo Oficio, con respecto al COMUNISMO, y se abstengan de toda participación y comunicación con el actual ENEMIGO DE LA IGLESIA Y DE DIOS.
Dado en nuestra Residencia episcopal de santa Ana de los Ríos de Cuenca, a primero de agosto de mil novecientos cuarenta y nueve.
Daniel,
Obispo de Cuenca del Ecuador
Manuel Serrano Abad,
Canónigo Secretario
(*) Archivo del Cabildo Eclesiástico de Cuenca: Doc. No. 18.022 del Fondo Gobierno-Administración.
(1) Esta fecha lleva a confusión con los días antes citados, pero así consta en el documento.