Por Leonardo Berrezueta

 

Leonardo Berrezueta

La Constitución de Montecristi eleva a Función del Estado el llamado Control Social que realice la ciudadanía a las entidades estatales, así como agrupa a los diferentes organismos de control en esta misma dinámica

 

El poder, sociológicamente, puede considerarse como la capacidad de elegir o decidir sobre resultados. El poder político es una consecuencia lógica del ejercicio de las funciones por parte de las personas que ocupan un cargo representativo dentro de un sistema de gobierno en un país. Dentro de esta dinámica, en el Ecuador han existido, por costumbre constitucional, tres poderes: Ejecutivo, Legislativo y Judicial. Sin embargo existe un poder que no ha sido constitucionalmente reconocido, pero que tiene un gran peso en la vida sociopolítica del país: La prensa o medios de comunicación, que podría considerarse el cuarto poder del Estado.


En la Constitución de Montecristi, se eleva a Función del Estado el llamado Control Social que realice la ciudadanía a las entidades estatales, así como agrupa a los diferentes organismos de control en esta misma dinámica, creando por tanto una participación ciudadana directa en el manejo de la cosa pública.


Esta Función, proviene del derecho de participación establecido en el Art. 61 de la Carta Magna, cuando se señala que la ciudadanía tiene el derecho a participar en los asuntos de interés público (num. 2); a ser consultadas (num. 4); y, a fiscalizar los actos del poder público (num. 5). Su finalidad: promover e impulsar el control de las entidades y organismos del sector público, y de las personas naturales o jurídicas del sector privado que presten servicios o desarrollen actividades de interés público, para que los realicen con responsabilidad, transparencia y equidad, son varias de sus principales acciones. Estará conformada por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, la Defensoría del Pueblo, la Contraloría General del Estado y las Superintendencias.


La forma cómo actuará orgánicamente esta Función del Estado, será a través de un ente de coordinación previamente conformado por los titulares de las entidades que la integran, eligiendo de entre ellos a un Presidente que durará en sus funciones un año. A esta instancia de coordinación, que se asimila a un ente ejecutivo, le están entregadas algunas atribuciones de importancia como la de formular políticas públicas de transparencia, control, rendición de cuentas, promoción de la participación ciudadana y prevención y lucha contra la corrupción. Además el coordinar el plan de acción de las entidades que conforman la Función; articular el plan nacional de lucha contra la corrupción, entre otras. Como se desprende esta Función tendrá la tarea de controlar e investigar los actos de corrupción.


Dentro de esta innovadora Función del Estado, se crea el llamado Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, ente clave de este nuevo poder. El Art. 207 de la nueva Constitución, señala que este ente promoverá e incentivará el ejercicio de los derechos relativos a la participación ciudadana. El enunciado "participación ciudadana" ya no será más una opción para la efectiva participación en los asuntos del estado. La ciudadanía podrá de manera directa, vigilar las acciones de las entidades estatales, el cumplimiento de los planes de desarrollo y la real posibilidad de investigar, denunciar y reclamar sanciones sobre actos de corrupción.


El Consejo estará conformado por siete miembros, los cuales serán seleccionados de entre los postulantes que propongan las organizaciones sociales y la ciudadanía, en base al proceso que se está llevando a cabo por parte de la Comisión Legislativa Temporal, la cual ha convocado al concurso público de oposición y méritos correspondiente, con postulación, veeduría y derecho a impugnación ciudadana. Este Consejo tiene varias atribuciones a más de las ya mencionadas en líneas anteriores, sin embargo también tiene la enorme responsabilidad de designar a las primeras autoridades de todos los entes de control de acuerdo con la Constitución.


Los ecuatorianos esperamos no volver a presenciar el reparto de los organismos de control en manos de minúsculos grupos de poder, es por ello que desde esta columna celebramos lo que durante mucho tiempo fue nuestra propuesta clara y precisa: Despartidizar a los organismos de control.


Que quienes resulten elegidos miembros de este Quinto Poder, efectivamente cumplan el mandato constitucional y popular de no dejar nunca más que nos arrebaten la verdad y que la cosa pública sea manejada con transparencia, ética y honestidad como un deber inclaudicable, para hacer efectivas las palabras del poeta Víctor Hugo (1802-1885): "Todo poder es deber".

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